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Nacional

Feriados del 2023 y fines de semana largos en Costa Rica

El próximo año viene con ocho fines de semana largos.

Redacción Multimedios Costa Rica /

El 2022 llega a su fin y abre paso a un 2023 lleno de oportunidades, es por eso que ya muchos están pensando cuáles son los días feriados y los fines de semana largos en Costa Rica para este nuevo año.  

Los habitantes costarricenses aprovechan estos días para irse de vacaciones y distraerse de la carga del trabajo y estudios. 

¿Cuáles son los feriados en el 2023?

La Ley 9875, permite trasladar los feriados que se celebran entre semana para el lunes. Esto para apoyar el turismo y la reactivación económica.

En 2023 solo tres feriados se trasladaran para un lunes, pero otros cinco caerán lunes o viernes, por lo que se transforma en fin de semana largo, en total serían ocho fines de semana largos:  

  • Viernes 7 de abril, por Semana Santa.
  • Lunes 10 de abril, se traslada el Día de Batalla de Rivas (11 de abril). 
  • Lunes 01 de mayo, es el Día del Trabajador. 
  • Lunes 24 de julio, se traslada el Día de la Anexión del Partido de Nicoya (25 de julio). 

  • Lunes 14 de agosto, se traslada el Día de la Madre (15 de agosto). 

  • Viernes 15 de setiembre, Día de la Independencia.
  • Viernes 01 de diciembre, Día de la Abolición del Ejército.
  • Lunes 25 de diciembre, Navidad.

Estos son los fin de semanas largos que habrán durante el 2023. 

Por otro lado, jueves 31 de agosto es el Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense, pero su celebración se traslada para el domingo 03 de septiembre.

Días feriados que no se trasladan 

Por la ayuda que se le quiere dar al turismo, son solo tres los días que no se trasladan. 

El 01 de diciembre cae domingo, se celebra ese mismo día. Otro feriado es el jueves de Semana Santa, el 6 de abril. 

El tercer feriado que no se traslada es el 02 de agosto, Día de la Virgen de los Ángeles.

Semana Santa 

La Semana Mayor suele ser usada por muchos para tomar vacaciones, en el 2023 será del domingo 02 de abril al sábado 08 de abril. 

A pesar de que los fieles tienen sus celebraciones durante toda la semana, solo el jueves y viernes Santo, son los días feriados y de pago obligatorio. 

Feriados de pago obligatorio 

El Código de Trabajo establece que es un derecho de todas las personas trabajadoras disfrutar del feriado, sin importar la actividad laboral que realicen.

De esta manera, ninguna persona trabajadora está en la obligación de laborar un día feriado, únicamente si está de acuerdo, puede trabajar. 

Si algún colaborador se niega a trabajar en esas fecha, no puede ser sancionado por esa causa. Se exceptúa de esta regla lo establecido en los artículos 150 y 151 del Código de Trabajo.

El Código de Trabajo, en el artículo 148, estipula que se considerarán días feriados de pago obligatorio los siguientes: 

  • Año nuevo, 01 de enero.
  • Jueves Santo, 06 de abril. 
  • Viernes Santo, 07 de abril.
  • Día de la Batalla de Rivas, 11 de abril. 
  • Día del Trabajador, 01 de mayo.
  • Día de la Anexión del Partido de Nicoya, 25 de julio. 
  • Día de la Madre, 15 de agosto. 
  • Día de la Independencia, 15 de setiembre.
  • Navidad, 25 de diciembre.

¿Cuáles son los feriados de pago no obligatorio? 

Para el 2023, los días feriados de pago no obligatorio serán tres.

  • Día de la Virgen de los Ángeles, 02 de agosto. 
  • Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense, 31 de agosto.
  • Día de la Abolición del Ejército, 01 de diciembre.


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