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Nacional

Feriados de Navidad y Año Nuevo: ¿Cómo se pagan?

Ninguna persona trabajadora está obligada a laborar estos días.

Redacción Multimedios Costa Rica /

Los próximos 25 de diciembre de 2022 y el 1 de enero del 2023, son feriados de pago obligatorio, de acuerdo con lo establecido el Código de Trabajo. Su disfrute se mantiene para el propio día, según la fecha del calendario.

La ley establece que ninguna persona trabajadora está obligada a laborar esos días feriados, únicamente si está de acuerdo. Si se oponen a trabajar en el feriado, no pueden ser sancionados por esa causa. 

¿Cómo se pagan estos feriados?

Para efectos del reconocimiento salarial, los centros de trabajo que cancelan semanalmente (en actividad no comercial) es decir, que reconocen el salario sólo el tiempo efectivamente laborado en ese lapso, deben pagar los días trabajados durante esa semana y agregar un salario sencillo por el día feriado. 

Si se labora en el feriado, el salario adicional deberá ser doble ese día.

Las empresas cuya modalidad de pago es mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados.

En estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo los feriados del 25 de diciembre y el 1 de enero. Si trabajan ese día, deben agregar el salario de un día sencillo para cumplir con el pago doble que establece la ley.

Si en el día feriado se trabajan horas extra se deben pagar a tiempo y medio doble, es decir, pago triple.

Toda empresa debe pagar

Debe considerarse que, aunque la empresa sea nacional, transnacional o internacional tiene que conceder esos días feriados a las personas funcionarias que laboran en el país.

Cualquier convenio sobre renuncia del disfrute de los feriados, es absolutamente nulo según el Código de Trabajo.

Es importante señalar que, tanto el 25 de diciembre como el 1 de enero son fechas excluidas de los feriados trasladados mediante la Ley 9875, aprobada para promover el turismo, por tanto, su goce se mantiene en las fechas que por calendario les corresponden.

Ya pasó la fecha límite para el pago del aguinaldo 

Los empleadores tenían hasta el 20 de diciembre para pagar el aguinaldo, derecho que tiene todo trabajador. 

El aguinaldo es un doceavo de todos los salarios ordinarios y extraordinarios, devengados por la persona trabajadora durante los doce meses que van del 1° diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso.

Las personas trabajadoras pueden formular sus denuncias por no pago o pago incompleto del aguinaldo.

Para esta etapa continuarán habilitados el sitio web: www.mtss.go.cr, la aplicación celular: TRABAJO CR, la cuenta oficial de Facebook. Ambos sitios son gratuitos y además de imponer la denuncia, también se puede aclarar cualquier duda.


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