Mensajes de WhatsApp pueden usarse para sancionar trabajadores
El 98% de la población adulta costarricense utiliza esta aplicación, lo que subraya su relevancia en el ámbito laboral.
La utilización de WhatsApp como herramienta de comunicación en el ámbito laboral se ha vuelto común. Sin embargo, el uso de los mensajes enviados a través de esta aplicación como prueba para emitir sanciones ha generado controversia.
Francisco Salas, especialista en derecho laboral y socio cofundador de BDS Asesores, aclara las consideraciones legales que los patronos deben tener en cuenta al utilizar estas comunicaciones para fundamentar sanciones.
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WhatsApp se ha consolidado como una plataforma esencial para coordinar equipos, dar directrices y mantener comunicación constante entre compañeros de trabajo.
Según un estudio reciente del Centro de Investigación en Comunicación (CICOM), el 98% de la población adulta costarricense utiliza esta aplicación, lo que subraya su relevancia en el ámbito laboral.
¿Se puede sancionar a trabajadores por mensajes de Whatsapp?
Francisco Salas confirma que los chats de WhatsApp pueden servir como prueba de un hecho o falta en el contexto laboral.
"Un chat de WhatsApp, o de cualquier otra plataforma similar, puede ser utilizado como evidencia en procedimientos disciplinarios si se cumplen ciertas condiciones", señala Salas.
La jurisprudencia costarricense, particularmente el voto 00776-2018 de la Sala Segunda, establece en qué casos es válido el uso de estas conversaciones como prueba:
1. Equipos proporcionados por el patrono: Si la conversación se desarrolla a través de dispositivos y líneas telefónicas proporcionadas por el empleador, y el contenido de la comunicación es entregado al patrono por otra persona involucrada.
2. Interacción directa: Si el patrono o uno de sus representantes participa directamente en la conversación con el trabajador implicado, o si la comunicación ocurre en un grupo donde el patrono es miembro y puede verificar la falta cometida.
Limitaciones legales y derecho a la intimidad con los mensajes de Whatsapp
No obstante, Salas advierte sobre las limitaciones legales en el uso de chats de WhatsApp como prueba.
Según el artículo 24 de la Constitución Política de Costa Rica, se garantiza el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones. Esto implica que las comunicaciones privadas no pueden ser utilizadas sin el consentimiento de las partes involucradas.
"Cuando se participa en una conversación por medio de WhatsApp, el contenido de esta es inviolable y solo puede ser manejado por quienes participan directamente", explica Salas.
Por lo tanto, un patrono no puede utilizar como prueba la captura de pantalla (pantallazo) o audio de una conversación proporcionada por un tercero, si ni él ni sus representantes son parte de esa conversación. Esta práctica sería considerada una violación al secreto de las comunicaciones y al derecho a la intimidad, tal como establece el voto 15232-2019 de la Sala Constitucional.
Recomendaciones para los patronos con los mensajes de Whatsapp
Salas enfatiza la importancia de manejar con cuidado la información recibida de terceros.
"Hay que tener especial cuidado con la información que llega de un tercero; si bien muchas veces no podrán evitar que llegue a su conocimiento, lo cierto es que sí pueden omitir usarla de forma tal que eviten terminar involucrados en un caso de violación al secreto de las comunicaciones o al derecho a la intimidad", advierte.
Es fundamental que los patronos analicen detenidamente cualquier información antes de utilizarla como prueba. "Siempre se debe hacer una pausa y analizar los puntos anteriores antes de reenviar o utilizar como prueba información a la que no se haya tenido acceso de forma directa o que provenga de un tercero", concluye Salas.
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