Entregar declaraciones informativas se puede realizar hasta este 31 de mayo
Personas jurídicas inactivas deben documentar los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022.
Este miércoles 31 de mayo es el último día de la prórroga para que las personas jurídicas inactivas presenten las declaraciones informativas de los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022.
La presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, Dunia Zamora, enfatizó que las personas jurídicas inactivas que han presentado la declaración mediante el formulario simplificado D-101 no necesitan presentar una nueva utilizando el formulario específico D-195. Sin embargo, aquellos que no cumplieron con este deber formal deben presentar una declaración informativa para cada uno de los períodos pendientes utilizando el formulario D-195.
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Amplían plazo para presentar registro de accionistas
En cuanto al Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF), se amplió el plazo hasta el 30 de junio para que las personas jurídicas presenten la declaración ordinaria.
“El Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) es la obligación que tienen los representanteslegales de las personas jurídicas de suministrar la comisión del capital social y la identificación de los beneficiarios finales de acuerdo con la Ley 9416, para mejorar la lucha contra el fraude fiscal, del 14 de noviembre de 2016”, detalló Zamora.
Las personas deben llenar la declaración jurada y se debe firmar de forma digital. Dentro de la información que se solicita se encuentran la participación del capital, cantidad total de participaciones, cartera, distribución, valor nominal unitario, moneda, cantidad de derechos al voto, datos de identificación y geográficos.
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Sanciones por no presentar declaraciones
“Incumplir con este registro conlleva sanciones que pueden ser desde un mínimo de 3 salarios base hasta máximo de 100 salarios base; además, formarán parte de un listado que se enviará al Registro Nacional, donde no se les emitirá certificaciones de personería jurídica ni les inscribirá documentos, mientras mantengan esta condición; y los notarios deberán incluir en todo documento que emitan, que incumple con el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales”, explicó Zamora.
Es importante estar al tanto de los plazos y cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes para evitar problemas legales y financieros en el futuro.
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