Esto establece la nueva regulación para bicimotos en Costa Rica
Conductor que no cumpla con los requisitos se expone a multas.
El creciente uso de las llamadas bicimotos en las calles de Costa Rica ha obligado a las autoridades a intervenir con una serie de medidas legales para regular su circulación.
Esta semana entró en vigencia una reforma a la Ley de Tránsito y a la Ley de Movilidad y Seguridad Ciclística, que impone nuevos requisitos para quienes conduzcan estos vehículos híbridos, los cuales combinan características tanto de bicicletas como de motocicletas.
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El cambio más significativo es que ahora las bicimotos deben regirse por las disposiciones que aplican a los ciclistas, con especial énfasis en la seguridad vial.
A partir de ahora, quienes usen estos vehículos deben cumplir con una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora en terreno plano, usar casco protector de manera obligatoria y portar un chaleco reflectante si circulan durante la noche.
Además, se prohibió el uso de ciclovías, aceras y zonas exclusivas para bicicletas, lo que las coloca en una categoría distinta y más cercana a la de las motocicletas tradicionales, aunque sin los requisitos de licencia o revisión técnica que estas deben cumplir.
Una reforma necesaria
La reforma responde al creciente auge de las bicimotos, especialmente en áreas urbanas, donde su bajo costo, eficiencia energética y facilidad de uso han captado la atención de usuarios que buscan una alternativa práctica al transporte público o los vehículos convencionales.
Hasta antes de la reforma, las bicimotos no estaban contempladas en ninguna legislación específica, lo que generaba un vacío legal preocupante para las autoridades de tránsito.
Los conductores podían circular sin restricción de velocidad, sin elementos de seguridad obligatorios y sin regulación técnica, exponiéndose a sí mismos y a terceros a posibles accidentes.
La iniciativa, que ya fue aprobada por la Asamblea Legislativa, busca brindar un marco normativo inicial que luego será complementado con nuevos lineamientos por parte del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), institución que ya trabaja en un reglamento más detallado para este tipo de vehículos.
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¿Qué cambia para los usuarios?
Con la entrada en vigor de esta normativa, quienes utilizan bicimotos deben ajustarse a las siguientes condiciones:
- No podrán circular a más de 25 km/h en terreno plano.
- Deben utilizar casco protector en todo momento.
- En horario nocturno, es obligatorio el uso de chaleco reflectante y luces encendidas.
- Está prohibido transitar por ciclovías, aceras o cualquier zona exclusiva para bicicletas.
- Solo se permitirá la asistencia eléctrica en estos vehículos, quedando fuera los modelos de combustión interna.
Estas disposiciones colocan a las bicimotos en un punto intermedio entre bicicletas y motocicletas, aunque sin exigir aún requisitos como licencia de conducir, placas o revisión técnica, lo que ha generado opiniones divididas entre expertos y usuarios.
¿Qué pasa si no cumple?
Aunque la reforma no detalla las multas específicas, se establece que quienes no respeten las nuevas disposiciones se exponen a sanciones contempladas en la Ley de Tránsito, como circular sin luces o sin implementos de seguridad, lo cual puede conllevar multas que superan los ₡23.000 colones.
Además, si el usuario causa un accidente, podría enfrentar responsabilidades civiles o penales.
La recomendación de las autoridades es clara: si usted utiliza una bicimoto, debe informarse bien sobre sus nuevas obligaciones y cumplir con todas las condiciones establecidas por la ley, de lo contrario, no solo arriesga su integridad, sino que podría enfrentar consecuencias legales.
Opiniones encontradas
Para algunos sectores, la reforma es un paso en la dirección correcta, ya que establece un marco mínimo de seguridad que no existía antes.
Sin embargo, otros expertos consideran que la legislación aún se queda corta y que es necesario avanzar en aspectos fundamentales para garantizar una circulación segura y responsable.
Uno de los principales señalamientos es que no se incluyó la obligación de contar con una póliza de responsabilidad civil, lo cual podría dejar desprotegidos a terceros en caso de accidentes.
Tampoco se exigió una licencia tipo A1, como ocurre con las motocicletas, ni se estableció un sistema de registro oficial de bicimotos ante el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).
Más regulaciones en camino
En el COSEVI se encuentran trabajando en un reglamento complementario que detalle aún más los requisitos y sanciones específicas para el uso de bicimotos.
Entre los temas en análisis se encuentran el registro de estos vehículos, los parámetros técnicos que deben cumplir y los mecanismos de control que permitirán a los oficiales de tránsito fiscalizar su uso.
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