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Nacional

Cómo me deben de pagar el feriado del 11 de abril 2025

El disfrute del 11 de abril no se traslada de día. Conozca cómo le debe de pagar este feriado.

Indira Zúñiga Costa Rica /

El 11 de abril se conmemora la Batalla de Rivas y se recuerda la gesta heroica de Juan Santamaría. Esta fecha es un feriado de pago obligatorio y su disfrute no se traslada.

Toda persona trabajadora tiene derecho de gozar de los días feriados, es decir, que no la pueden sancionar por oponerse a trabajar un feriado.

“En el artículo 148 del Código de Trabajo se indica que ninguna persona trabajadora está obligada a laborar en un día feriado. Es decir que, si la persona se opone a trabajar, no puede realizársele ninguna sanción por esta causa”, detalló el Ministerio de Trabajo.

¿Cómo me deben de pagar el feriado del 11 de abril?

​En el país hay dos tipos de feriados, se dividen en dos categorías, en pago obligatorio y pago no obligatorio. El 11 de abril pertenecen a los de la primera categoría.

En centros de trabajo con pago semanal (actividad no comercial), deberán de pagar los días laborados de esa semana junto con el feriado.

Si se trabaja el día feriado, 11 de abril, se debe agregar un día sencillo, completando el pago doble.

Empresas que realicen su pago mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, “como reconocen el salario de todos los días del mes, incluidos descansos semanales o feriados, se paga el salario completo de la semana, de la quincena o del mes; si se trabaja el día feriado, se debe cancelar el salario de un día más dentro del pago”, detalló el MTSS.

Si esté feriado se trabajan horas extras, se debe pagar a tiempo y medio doble, es decir, un pago triple.

Cabe resaltar que toda persona tiene derecho de disfrutar de los feriados, por lo que ningún trabajador está obligado a laborar.

Si el empleado decido no trabajar un feriado no puede ser sancionado. Todos estos aspectos aplican para empresas nacionales, transnacionales o internacionales.

¿Cómo se aplicará la restricción vehicular el viernes 11 de abril?

El viernes 11 de abril no aplicará la restricción vehicular, eso quiere decir que los vehículos con placa terminados en 9 y 0 podrán circular con total tranquilidad, sin miedo a ser sancionados.

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Además, durante la Semana Santa, del 14 al 18 abril, tampoco la aplicarán la restricción vehicular. Esta regresará el lunes 21 de abril.

“Se podrá ingresar sin restricciones de placas a San José este viernes 11, el jueves 17 y el viernes 18 de abril, por ser feriados… También, al aplicarse vacaciones colectivas al sector público, no regirá la restricción los días santos lunes 14, martes 15 ni miércoles 16 de este mes”, detalló el subdirector de la Policía de Tránsito, Martín Sánchez Agüero.

​¿Cuáles feriados quedan en 2025?

Estos son todos los feriados del 2025:

  • Viernes 11 de abril, de pago obligatorio.(Día de Juan Santamaría)
  • Jueves 17 de abril, de pago obligatorio. (Jueves Santo)
  • Viernes 18 de abril, de pago obligatorio. (Viernes Santo)
  • Jueves 1 de mayo, de pago obligatorio. (Día Internacional del Trabajo)
  • Viernes 25 de julio, de pago obligatorio. (Día de la Anexión del Partido de Nicoya)
  • Sábado 2 de agosto, de pago no obligatorio. (Día de la Virgen de los Ángeles)
  • Viernes 15 de agosto, de pago obligatorio. (Día de la Madre)
  • Domingo 31 de agosto, de pago no obligatorio. (Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense)
  • Lunes 15 de septiembre, de pago obligatorio. (Día de la Independencia)
  • Lunes 1° de diciembre, de pago no obligatorio. (Día de la Abolición del ejército)
  • Jueves 25 de diciembre, de pago obligatorio. (Navidad)
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