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Así estará la restricción vehicular para la próxima semana

El horario de circulación se amplió hasta las 11:00 pm.

Redacción Multimedios San Jos /

El Gobierno eliminó la restricción vehicular sanitaria diurna para todo el país, excepto el anillo de Circunvalación de San José, donde cada vehículo no podrá circular una vez a la semana, según la distribución ya conocida de placa

Para la próxima semana no podrán circular las siguientes placas:

Lunes: 1 y 2

Martes: 3 y 4

Miércoles: 5 y 6

Jueves: 7 y 8

Viernes: 9 y 0

Excepto anillo de circunvalación. (Foto: Presidencia)
Excepto anillo de circunvalación. (Foto: Presidencia)


Por otro lado, la restricción de fines de semana por placa se eliminó, mientras que, el horario de circulación se amplió hasta las 11:00 pm, misma hora que se permitirá para el funcionamiento de los establecimientos con permiso sanitario.

Carta de excepción:

• Si usted necesita trasladarse dentro de los períodos de restricción por motivos laborales, debe portar una carta elaborada por su empresa, que debe contener la siguiente información para tener validez:

• El nombre de la persona trabajadora.

• El número del documento correspondiente de identidad.

• El horario de trabajo de la persona trabajadora.

• El domicilio de la persona trabajadora.

• El nombre de la empresa o la institución en la cual labora la persona trabajadora.

• La ubicación de la empresa o institución en la cual labora la persona.

• La excepción invocada según el artículo 6° del presente Decreto Ejecutivo.

• El número de placa del vehículo en el cual requiere movilizarse la persona trabajadora.

• Firma de la persona encargada de emitir o de dar validez a la constancia laboral.

• En caso de que la persona trabajadora requiera trasladarse con el apoyo de otra persona, la constancia laboral deberá consignar los datos de esa segunda persona, sean nombre y documento de identidad. Para los casos de personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento de respaldo sobre sus labores -los datos posibles enumerados en el párrafo anterior, o actividad ejercida que justifique su movilización en el día de la restricción.

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