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Nacional

¿En dónde será prohibido vapear en Costa Rica?

El reglamento de vapeo ya fue aprobado.

Jorge Alpízar Costa Rica /

El vapeo ha quedado formalmente prohibido en lugares públicos en Costa Rica, según el nuevo reglamento publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

Esta medida forma parte de la Ley de Regulación de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), sistemas similares sin nicotina (SSSN) y dispositivos electrónicos que utilizan tabaco calentado y tecnologías afines.

Con la entrada en vigor de esta normativa, se establecen restricciones estrictas sobre dónde y cómo se puede utilizar estos dispositivos, así como nuevas normas para su comercialización.

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De acuerdo con el reglamento, la prohibición del vapeo se extiende a todos los lugares de trabajo, centros educativos y espacios de recreación.

Esto incluye una amplia variedad de entornos, como conciertos, centros comerciales, casinos, clubes nocturnos, discotecas, bares, restaurantes y hoteles.

Asimismo, los centros deportivos y cualquier lugar destinado a la realización de actividades recreativas también están cubiertos por esta prohibición.

En otras palabras, el uso de vapeadores está vedado en la mayoría de los espacios públicos cerrados o donde se realicen actividades sociales.

Otra modificación significativa que introduce la ley se refiere a la venta de estos dispositivos. A partir de ahora, no se permitirá la comercialización de vapeadores a través de aplicaciones de entrega o plataformas digitales.

Las ventas deberán realizarse de manera presencial, lo que permitirá corroborar la edad del comprador y asegurarse de que cumple con los requisitos legales para adquirir estos productos.

La decisión de endurecer las regulaciones sobre el vapeo no es arbitraria. Según el Ministerio de Salud, Costa Rica ha experimentado un notable incremento en el uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos, lo que ha encendido las alarmas entre las autoridades sanitarias.

Datos proporcionados por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) revelan que entre 2021 y 2024 se atendieron 3,170 casos de personas con diagnósticos relacionados con el vapeo, de los cuales el 40% se reportaron solo en 2024.

Estos datos refuerzan la necesidad de medidas más estrictas para controlar el uso de estos dispositivos y proteger la salud pública.

¿Cuándo se presentó la iniciativa?

En mayo de este año, el Ministerio de Salud presentó la reglamentación que se aplicará en el país para el uso y venta de vapeadores.

Este reglamento está en línea con la Ley 10.066, la cual regula los SEAN, SSSN y dispositivos electrónicos que utilizan tabaco calentado.

Además, se anunció que emitieron una resolución ministerial para prohibir la comercialización de productos con nicotina sintética y líquidos tipo cannabinoides, debido a los riesgos sanitarios que representan.

Esta prohibición se mantendrá hasta que se promulgue el Reglamento Técnico de Costa Rica (RTCR), actualmente en desarrollo.

Por último, se presentó en aquel momento un proyecto de ley respaldado por varios ministerios del Poder Ejecutivo, que tiene como objetivo diseñar una reforma integral de la Ley 10.066.

Esta reforma busca fortalecer y corregir las deficiencias legales actuales para garantizar una regulación más efectiva y proteger la salud de los costarricenses ante el creciente uso de estos productos.


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