Precios de peajes en Ruta 1 subirán de precio a partir del 18 de julio
Motocicletas y vehículos particulares no percibirán variaciones en las tasas de peajes.
El Fideicomiso Ruta Uno anunció que a partir del lunes 18 de julio de 2022, comenzará a regir un ajuste extraordinario en las tasas de peaje ubicadas a lo largo de la Ruta N. º 1, por efecto de variaciones en la inflación externa.
Conforme la estructura tarifaria aprobada al Fideicomiso Ruta Uno, los ajustes por efecto de variaciones en el Índice de Precios al Consumidor de los Estados Unidos (CPI-U) se realizan anualmente, en forma ordinaria; no obstante, cuando la variación absoluta en la inflación acumulada es igual o superior al 1,82% antes de que se concrete el respectivo año, como en el presente caso, se debe aplicar un ajuste extraordinario.
De acuerdo con los cálculos realizados por el Fideicomiso Ruta Uno, con base en la metodología aprobada por la ARESEP para el ajuste de las tasas de peaje, en la estación de Naranjo (carretera Bernardo Soto), las categorías de autobuses y vehículos pesados percibirán variaciones entre ₡75 y ₡125 y, para el caso de la estación de peaje de Río Segundo (carretera General Cañas), esas mismas categorías percibirán variaciones entre ₡25 y ₡50. En ambas estaciones, los vehículos livianos y motocicletas mantendrán las tarifas vigentes, tal como se muestra en la siguiente infografía:
La estructura tarifaria aprobada al Fideicomiso para las estaciones de peaje existentes se originó en dólares, tomando en cuenta que las inversiones totales, que serán financiadas con los ingresos obtenidos del cobro de las tasas de peaje, fueron estimadas en esa moneda.
Esta decisión resultaba indispensable a fin de asegurar el equilibrio financiero del Fideicomiso y la bancabilidad del proyecto y, por ende, lograr una participación más amplia de potenciales acreedores, debido a que el Fideicomiso debe obtener recursos financieros a través de un crédito para cubrir las inversiones que serán financiadas a través de esa fuente, por ejemplo, para la gestión de las expropiaciones, desalojos y reasentamientos humanos involuntarios.
De esa manera, debido a que nuestra economía tiene como moneda funcional el colón, es que las tarifas originadas en dólares deben ajustarse realizando una conversión de las tarifas a colones, para lo cual se debe aplicar la metodología de ajuste de las tarifas aprobada por la ARESEP.
Los ajustes están definidos a partir de dos diferentes variables macroeconómicas, que son el tipo de cambio del colón con respecto al dólar y el índice de precios al consumidor de los Estados Unidos (CPI-U). En esta ocasión el ajuste obedece únicamente a los cambios registrados con respecto a esta última variable en forma extraordinaria.
El Fideicomiso recuerda a las personas usuarias que las tasas de peaje que se cobran en la Ruta N.° 1 (Río Segundo y Naranjo) no contemplan utilidades o ganancias.
Pues las características de la estructura tarifaria y sus parámetros de ajuste se fundamentan en un servicio al costo para el usuario; es decir, la totalidad de los fondos recaudados se utilizan, exclusivamente, para cubrir los gastos e inversiones de las actividades asociados al financiamiento, diseño, construcción, equipamiento, operación y mantenimiento del proyecto Corredor Vial San José-San Ramón.
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