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Nacional

Cuál es el horario de atención de solicitudes para celebrar el matrimonio gratis en el Registro Civil

Las parejas interesadas en este trámite deben de hacer la solicitud y cumplir con una serie de requisitos.

Indira Zúñiga Costa Rica /

Desde el 1 de octubre de 2024, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) puede celebrar matrimonios civiles de manera gratuita, en cumplimiento con la nueva ley N.° 9747, conocida como el Código Procesal de Familia.

Las parejas interesadas en formalizar su unión ante el Registro Civil deben gestionar el trámite a través de la Sección de Inscripciones, específicamente en la Unidad de Matrimonio.

IMAS becas (imagen ilustrativa).
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Esta medida representa un avance en el acceso a servicios civiles de forma más inclusiva y accesible, facilitando a las parejas la posibilidad de casarse sin costo alguno.

¿Cuál es el horario de atención de solicitudes?

El TSE comunicó en su sitio web que el horario de atención de solicitudes es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 10:00 p.m. Además, detalló que solamente se otorgan 10 cupos diarios, esto en las oficinas centrales.

Por otro lado, el horario de atención de consultas es de lunes a viernes, de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

Mientras que la celebración de los matrimonios son según el orden asignado por la Unidad de Matrimonios, estos podrían ser de lunes a viernes, de 7:00 a.m. a 2:00 p.m.

En las oficinas regionales, que se encuentran en todo el territorio costarricense, el horario de atención de solicitudes es de 7:00 a.m. a 2:00 p.m. Mientras que la atención de consultas es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

Por último, la celebración de los matrimonios será de acuerdo con el horario establecido por la Oficina Regional respectiva, los horarios podrían ser de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 2:00 p.m.

¿Cuáles son los requisitos para casarse gratis en el Registro Civil?

El TSE compartió cuáles son los requisitos que deben cumplir las personas que desean casarse en el Registro Civil, así como la de las personas testigo.

Esta son:

  • Las personas solicitantes deben presentarse juntas y firmar la solicitud de Celebración de Matrimonio Civil.
  • Presentar el documento de identidad vigente y en buen estado.

Personas nacionales:

Cédula de identidad vigente y en buen estado de conservación.

Personas Extranjeras:

  • Original y copia legible del documento de identidad emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería vigente y en buen estado.
  • Certificado de nacimiento del país de origen apostillado y si está en idioma diferente al español, con traducción oficial.
  • Certificado de estado civil apostillado y si está en idioma diferente al español, con traducción oficial (debe haber sido emitida con un máximo de un mes de vigencia al momento de su presentación).

Personas nacionales y extranjeras:

  • Aportar el nombre completo y número de identidad de las dos personas que fungirán como testigos del acto matrimonial.
  • Se publicará un edicto en el diario oficial La Gaceta, (Los solicitantes deberán asumir el c
  • Brindar una dirección de correo electrónico, como medio para recibir notificaciones. Y aportar número de teléfono celular
  • El día del matrimonio los contrayentes y testigos deberán apersonarse con su documento de identidad vigente y en buen estado.
Nuevas leyes de familia rigen este mes de octubre
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Requisitos de las personas testigos:

Deben de presentarse dos personas como testigos durante la solicitud.

  • Nacionales: Cédula de identidad, vigente y en buen estado.
  • Extranjeros: Pasaporte, DIMEX o cualquier otro documento oficial emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería.
  • Presentarse el día de la celebración del matrimonio junto con los contrayentes.
  • Juramentarse durante la celebración del matrimonio.
  • Los testigos solo deben de presentarse el día del matrimonio.

Estos requisitos fueron publicados por el TSE si desea ver más detalles ingrese al siguiente link.


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