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Esquema de vacunación completo es obligatorio para curso lectivo 2022

MEP emite lineamientos para gestionar la obligatoriedad del esquema de vacunación COVID 19.

Redacción Multimedios San José /

El Ministerio de Educación Pública (MEP) emitió los lineamientos para gestionar la obligatoriedad del personal, y de "aquellas otras personas particulares que coadyuven con los servicios educativos públicos en los centros educativos, de demostrar que han recibido el esquema de vacunación contra el COVID 19". 

Esta demostración es requisito obligatorio para iniciar el curso lectivo 2022.

¿Cómo funcionará?

Corresponde, a cada jefatura inmediata, verificar que cada una de las personas funcionarias a su cargo esté debidamente vacunada, en proceso de vacunarse o se encuentre en alguno de los casos de excepción.

La verificación se realizará solicitando la presentación del Código QR, el carnet de vacunación, la aplicación EDUS o el certificado médico de excepción. Lo anterior debe cumplirse en el plazo de ocho días hábiles contados a partir del día 17 de febrero del 2022, y deberá mantener el registro actualizado.

Para el ministro de Educación Pública, Steven González, el Ministerio de Educación Pública no puede permanecer ajeno a esta obligación estatal de garantizar la salud y la vida de las personas.

“El sistema educativo público es responsable de la seguridad de más de un millón de niños, niñas y adolescentes; pero también como empleador, tiene la responsabilidad de velar por la salud de miles de personas vinculadas laboralmente a los servicios educativos”, explicó. 

Las personas contratadas por entidades particulares como juntas de educación o administrativas, que trabajen regularmente en un centro educativo, deben presentar, por una única vez ante la dirección respectiva, el comprobante de que se encuentran debidamente vacunadas.

Los padres, madres o representantes legales de las personas estudiantes o cualquiera otra persona particular, para ingresar a los centros educativos o edificaciones del Ministerio de Educación, debe demostrar a la persona encargada de la vigilancia que se encuentra debidamente vacunada.

El MEP seguirá el siguiente proceso con el personal que no se haya vacunado a la hora de la verificación:

Sensibilización:

Cada Dirección Regional deberá conformar un equipo multidisciplinario de sensibilización con el fin de que se realice este proceso a las personas funcionarias de su región que estén pendientes del esquema completo de vacunación. Esta etapa arranca cinco días hábiles después de vencido el periodo de verificación indicado anteriormente.

Instrucción para vacunarse:

Una vez superada la etapa de sensibilización, cada persona funcionaria que no presente a su jefatura el comprobante para demostrar que recibió la primera dosis de la vacuna, recibirá, por parte de su jefatura inmediata, un oficio con la instrucción de iniciar o terminar su esquema de vacunación según corresponda, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a la comunicación.

En este período, las personas funcionarias deben vacunarse o, en su defecto, presentar documento médico (dictamen) donde se indique la contraindicación; en caso de no hacerlo, se les hará un nuevo apercibimiento para realizarlo en el plazo de tres días siguientes a la comunicación, con indicación de que es la última prevención al respecto y se mencionarán las consecuencias de su incumplimiento.

Medidas disciplinarias:

Vencido el plazo establecido en el punto anterior, si la persona funcionaria mantiene su renuencia a vacunarse sin la debida justificación médica, la jefatura inmediata tendrá el plazo de cinco días hábiles para remitir, en forma certificada, al Departamento de Gestión Disciplinaria, el reporte individualizado de las acciones establecidas en la presente circular y la ausencia de cumplimiento de la persona funcionaria.

Por Decreto Ejecutivo N° 43.249-S, de 7 de octubre del 2021, se implementó como obligatorio para las personas funcionarias públicas, la aplicación del esquema completo de vacunación contra el COVID-19.

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