Directivos de la CCSS podrían reclamar daños y perjuicios por suspensión
Autonomía hace difícil establecer responsabilidad individual.
Hay una pregunta que ronda tras el anuncio de la suspensión de cinco directivos de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).
¿Está a derecho la actuación por parte del Consejo de Gobierno de suspender de sus funciones a cinco de los directivos de la Caja Costarricense de Seguro Social?
Noticias Telediario planteó esta pregunta a varios especialistas, y todos coinciden que el proceder de Casa Presidencial está más lleno de nebulosas que de certezas.
Los 5 funcionarios suspendidos de sus funciones son: José Luis Loría Chaves, representante de las cooperativas, Martha Rodríguez González; representante de los sindicatos, Jorge Arturo Hernández Castañeda; representante de los patronos, Carlos Salazar Vargas; representante del Poder Ejecutivo y Maritza Jiménez Aguilar, representante del solidarismo.
Para un especialista en derecho constitucional, la actuación del Consejo de Gobierno constituye una intromisión y violación al principio de autonomía de la CCSS.
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En medio de este tema lo que está es que los nombramientos de las Juntas Directivas no se tratan de confianza. Es decir no pueden ser quitados o puestos a dedo.
La gran duda que se abre en el horizonte con el proceder del Consejo de Gobierno, es ¿quién va a investigar a los funcionarios suspendidos? Pues la ley constitutiva de la Caja no prevé un órgano que pueda sancionar a directivos de forma administrativa.
Esto por cuanto las decisiones son en todos los momentos de carácter colegiado.
Si estas actuaciones fueron contra derecho, un tribunal sea la Sala Constitucional o el Tribunal de lo Contencioso Administrativo podría derribar lo dictado por Casa Presidencial.
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