user-icon user-icon
  • Clima
    • Provincia de San José 12ºC 12ºC Min. 19ºC Máx.
    • Rain
    • Próximos 5 días
      • Viernes
      • 12º / 18º
      • Rain
      • Sábado
      • 12º / 15º
      • Rain
      • Domingo
      • 12º / 17º
      • Rain
      • Lunes
      • 12º / 18º
      • Rain
      • Martes
      • 12º / 18º
      • Rain
    • Pronóstico en video Emily Quiñones nos da el pronóstico del tiempo en Costa Rica para este jueves 21 de noviembre de 2024.
    • Emily Quiñones nos da el pronóstico del tiempo en Costa Rica para este jueves 21 de noviembre de 2024.
      • Video
      • media-content
Nacional

Cuántos días feriados quedan en Costa Rica 2024

Aún quedan días feriados que disfrutar. Conozca cuáles son.

Indira Zúñiga Costa Rica /

El 2024 ya va por su cuarto mes, ya pasaron cuatro feriados, pero aún quedan más días de este tipo.

En estos días, los habitantes suelen aprovechar para disfrutar en familia y amigos; y hasta para viajar a destinos lejos de los lugares de residencia. 

Feriado 11 de abril 2024. (Freepik)
arrow-circle-right

De momento aún quedan nueve feriados, entre ellos hay días de pago obligatorio y no obligatorio.

¿Cuáles días feriados quedan en este 2024?

Estos son los feriados que faltan por disfrutar en Costa Rica durante este 2024.

  • 11 de abril, se traslada al 15 de abril. (Pago obligatorio)
  • 1 de mayo, no se traslada. (Pago obligatorio)
  • 25 de julio, no se traslada. (Pago obligatorio)
  • 2 de agosto, viernes. (Pago no obligatorio)
  • 15 de agosto, no se traslada. (Pago obligatorio)
  • 31 de agosto, sábado. (Pago no obligatorio)
  • 15 de septiembre, no se traslada. (Pago obligatorio)
  • 1° de diciembre, no se traslada. (Pago no obligatorio)
  • 25 de diciembre, no se traslada. (Pago obligatorio)

¿Qué establece el Código de Trabajo sobre los feriados?

Según la legislación costarricense, se prohíbe a los empleadores convocar (obligar) a sus trabajadores a laborar en días feriados, caso contrario deberán pagar una penalización establecida por ley.

“… Prohibido a los patronos ocupar a sus trabajadores durante los días feriados; y el que lo hiciere sufrirá una multa de ley y deberá indemnizarlos en la forma que determina el párrafo segundo del artículo 152”, establece.

De hecho, el artículo 152 en cuestión indica que la penalización corresponde a pagar al trabajador “…el doble del salario que ordinariamente les pague…” como multa al patrono.

Es decir, en realidad cuando se habla de feriados de pago obligatorio existe, como reseña su nombre, el deber de remunerar al trabajador aunque no trabaje; sin embargo, en caso de requerir la presencia del empleado, deberá atenerse a la penalización previamente citada.

¿Cómo se pagan los feriados de pago obligatorio en Costa Rica?

Las empresas que realizan el pago semanal, tienen obligación de remunerar sólo los días feriados de pago obligatorio. 

"Cuando en una semana hay un feriado de pago obligatorio, el patrono deberá cancelar, además, del salario devengado en los días efectivamente laborados, un adicional sencillo por el día feriado", detalló el MTSS. 

Eso quiere decir que los trabajadores con pago semanal, que trabajen un feriado de pago obligatorio, el día será reconocido como doble.

Si se trabajan horas extras durante estos días feriados, se deben pagar a tiempo y medio doble, o sea pago triple.

El MTSS también explica qué "las empresas que tienen modalidad de pago semanal, (en actividad comercial) o las empresas que voluntariamente aplican modalidad de pago mensual o con adelanto quincenal  —sistema que remunera todos los días del mes, hasta treinta, sean hábiles o inhábiles— no hacen distinción entre los feriados; de forma tal que todos los doce se remuneran en forma obligatoria, por lo que el pago sencillo de los feriados no se hace adicionalmente, como sucede en el pago semanal, pues ya viene incluido en el salario".

Asimismo, cuando los trabajadores que tienen en modalidad de pago semanal, (en actividad comercial) o las empresas que voluntariamente aplican modalidad de pago mensual o con adelanto quincenal laboren un día feriado, sea de pago obligatorio o no obligatorio, el patrono debe adicionar un pago sencillo para completar el pago que prevé la ley.

Si se trabajan horas extras durante los días feriados, en las empresas de pago semanal, (en actividad comercial) o las empresas que voluntariamente aplican modalidad de pago mensual o con adelanto quincenal, se deben pagar a tiempo y medio doble, o sea pago triple todas las horas extras, explica el MTSS en su sitio web. 


  • Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
  • t-icon