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Nacional

Quiénes pueden solicitar la cédula a domicilio y cómo hacerlo

Vea los pasos para solicitar la cedulación a domicilio.

Indira Zúñiga Costa Rica /

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) tiene un servicio de cedulación a domicilio.

Las personas que lo requieran y que estén entre los grupos que pueden hacer uso de este lo pueden solicitar por llamada, un mensaje o bien por correo electrónico.

Foto: Telediario.cr
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¿Quiénes pueden pedir el servicio de cédula a domicilio?

El TSE detalló cuáles personas pueden solicitar el servicio de cedulación a domicilio, ellas son:

  • Personas con discapacidad.
  • Adultos mayores.
  • Privados de libertad.
  • Hospitalizadas.
  • Personas con situaciones médicas delicadas.

¿Cómo y dónde hacer la solicitud de este servicio?

Las personas que requieren este servicio y residen dentro del Gran Área Metropolitana (GAM), pueden llamar a los números 2287 - 5520 o 2287 - 5602

O bien al WhatsApp 8975 - 3119; o al correo electrónico servicioadomicilio@tse.go.cr

Una opción más es solicitar el servicio en las sedes regionales, los contactos se pueden ver en las imágenes de la siguiente publicación.

¿Qué deben brindar para solicitar el servicio de cedulación a domicilio?

Estos son los datos que deben brindar las personas que deseen este servicio:

  • Nombre completo
  • Número de cédula de la persona que requiere el servicio
  • Dirección exacta del domicilio
  • Número de teléfono de contacto
  • Nombre completo y número de cédula de la persona que realiza la solicitud.

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¿Cuándo inicia el cobro por reposición de la cédula de identidad?

El cobro de esta medida iniciará a partir del 3 de febrero de 2025, esto será para los costarricenses que soliciten más de una cédula de identidad en un mismo año calendario.

El monto a pagar será de $10,37, cifra que equivale al costo de producción de la cédula.

Este valor será definido anualmente por el TSE, independientemente de las variaciones en el tipo de cambio del dólar durante el periodo.

¿Cuáles son las excepciones de cobro?

La legislación establece exenciones por ciertos casos, estos son:

  • Personas con discapacidad (con carné vigente o certificación del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad).
  • Adultos mayores.
  • Personas indígenas.
  • Población privada de libertad en centros de atención institucional.

Además, dos meses antes e incluso el mismo día de las elecciones nacionales o municipales, no se aplicará el cobro por reposición de cédulas.

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