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Nacional

Madres no gestantes en parejas del mismo sexo podrán obtener licencia de comaternidad

La Sala Constitucional emitió un fallo que garantiza el derecho a la licencia laboral por maternidad a madres no gestantes.

Redacción Multimedios Costa Rica /

La Sala Constitucional, también conocida como Sala IV, ha reconocido el derecho a la licencia laboral por maternidad a las madres no gestantes dentro de una familia homoparental compuesta por dos mujeres.

Este fallo es una decisión muy importante ya que simboliza un gran avance para poder garantizar la igualdad y proteger los derechos de las familias de un mismo sexo y de las mujeres en el país.

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La razón del porque sucedió esto es debido a una acción de inconstitucionalidad que fue aprobada bajo el expediente 24-008527-0007-CO el 29 de enero de este año.

Dicho reclamo fue presentado por una madre no gestante a quien, al momento de solicitar la licencia de maternidad, esta le fue negada, es por esto que argumentó sobre una omisión al artículo 41 de la Ley Marco de Empleo Público que establece:

"Los padres que tengan un hijo biológico o en adopción podrán gozar de un permiso de paternidad."

También se menciona sobre la omisión del inciso b del artículo 95 del Código de Trabajo en el que se menciona:

"Los padres biológicos se les otorgará una licencia de paternidad de dos días por semana durante las primeras cuatro semanas a partir del nacimiento de su hijo o hija; la persona empleadora estará en la obligación de conceder permiso al padre para compartir con su hijo o hija recién nacido y contribuir con su cuidado dentro de los parámetros de dicha licencia"

Ambas normas no contemplan la posibilidad de que las madres no gestantes en parejas homoparentales puedan acceder a la licencia de paternidad.

Es por esto que los magistrados declararon la acción con lugar y señalaron que esta omisión afectaba los principios de igualdad, equidad y el interés superior del menor. Por lo que ordenaron que estas normas se interpreten de manera que incluyan a las madres no gestantes.

Casos previos similares

Este no es el primer fallo de la Sala IV a favor de familias homoparentales. En febrero de 2023, los magistrados habían declarado con lugar un recurso de amparo presentado por una madre no gestante, quien aseguró haber sido discriminada por su género. El caso se gestionó bajo el expediente 23-030646-0007-CO después de que inicialmente se negara el permiso a esta madre.

La CCSS había otorgado cuatro meses de licencia de maternidad a la madre que dio a luz, pero no permitió ningún beneficio a su pareja. En parejas heterosexuales, los padres pueden obtener hasta un mes de licencia si trabajan en el sector público, pero en este caso, la pareja de la madre gestante no recibió nada. Esta situación fue considerada discriminatoria, y tras la intervención de la Sala IV, se revocó la decisión inicial.

¿Que es una licencia de maternidad?

La licencia de maternidad es un derecho laboral que permite a las trabajadoras embarazadas ausentarse de sus funciones durante un período específico para garantizar su bienestar y el del recién nacido. Según el Código de Trabajo, esta licencia tiene una duración de cuatro meses: un mes antes del parto y tres meses después. 

Durante este período, la trabajadora recibe el pago completo de su salario, financiado en un 50% por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el otro 50% por el empleador.

El reciente fallo de la Sala IV establece que las disposiciones relacionadas con la licencia de maternidad y paternidad también deben incluir a las madres no gestantes que ejerzan la comaternidad. Este reconocimiento busca garantizar que las familias homoparentales reciban un trato igualitario y que los menores tengan acceso al cuidado de ambas madres en sus primeros meses de vida.

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