TSE: Miembros de mesa pueden usar signos alusivos al partido que representan
El uso de estos distintivos no debe perturbar la seguridad, tranquilidad y orden dentro de las juntas receptoras de votos.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recordó a los partidos políticos y ciudadanía en general, que los integrantes de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) deberán actuar con absoluta imparcialidad y acatar solamente el ordenamiento electoral e instrucciones del TSE.
No obstante, el organismo electoral estableció que esa imparcialidad en el ejercicio del cargo, no les impide presentarse con camisetas o cualquier otro signo o distintivo personal alusivo al partido político que representan.
El organismo electoral subrayó que, el uso de estos distintivos no debe perturbar, de ninguna manera, la seguridad, tranquilidad y orden dentro de las juntas receptoras de votos.
Asimismo, con el propósito de evitar la afectación de la libertad del votante, el artículo 170 del Código Electoral prohíbe a los integrantes de la JRV “intervenir con los electores en el local de la JRV, salvo las instrucciones generales sobre la manera de votar que podrá darles el presidente, cuando lo soliciten o sea necesario”.
Por otra parte, el TSE indicó que en el caso de los auxiliares electorales está completamente prohibido el uso de camisetas o distintivos alusivos a un partido político.
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