Gobierno suspendería subsidio tras detectar “anomalías”
Personas personas se les está otorgando un plazo de cinco días para aportar la prueba que acredite que la información brindada es correcta.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) inició un proceso de investigación para constatar el pago correcto del Bono Proteger.
En ese sentido, se procedió al nombramiento de un Órgano de Investigación, para determinar si existen acreditaciones que no corresponden del Bono Proteger.
“El sistema encontró impedimentos en los expedientes de 2.323 personas a las que ya se les depositó el primer mes del Bono”, explica la comunicación de la Institución.
Explican que estos casos corresponden a los 414 mil depósitos realizados.
Mencionan que el sistema encontró “posibles anomalías” en la información otorgada por las personas bajo la fe de juramento.
Ante esta medida, estas personas se les está otorgando un plazo de cinco días para aportar la prueba que acredite que la información brindada es correcta.
Destacan que será revocado del Bono Proteger, requerida la devolución de lo pagado, y se dará informe de lo acontecido a las autoridades judiciales correspondientes a quienes se les demuestre alguna de las siguientes causales:
- No reportar la finalización de la medida de suspensión del contrato de trabajo o de reducción de jornada, o de alguna otra de las causales contempladas en el artículo 5 de este Reglamento.
- El acaecimiento de una de las causales de no otorgamiento.
- En caso de comprobarse que una persona beneficiaria brindó información personal o laboral falsa o inexacta. d) Otras causales establecidas por las instituciones
Varios ciudadanos han denunciado que reciben una solicitud que indica:
“Según la base de datos del Sistema Único de Beneficiarios del Estados (SINIRUBE) y Revisada su solicitud de 'Bono Proteger', según constatación efectuada por la Dirección Nacional de Empleo, presuntamente usted se encuentra entre las personas que no debieron recibir este aporte estatal o beneficio, por supuestamente ajustarse al inciso (No de inciso) del artículo 7 citado, al ser una persona (condición de exclusión), por lo que de conformidad con el artículo 31 del Decreto Ejecutivo N° 42305-MTSS-MDHIS citado, se le debería revocar y suspender a partir de este momento el beneficio del bono referido”, explican.
A partir de esta notificación, las personas tienen dos opciones: si la información que suministra el sistema no se ajusta a la realidad, es decir, no tienen ninguna de las variables de exclusión del artículo 7 del referido Decreto, la persona notificada deberá aportar la prueba en un plazo de cinco días hábiles a partir de la recepción de esta al correo recursos.bonoproteger@mtss.go.cr
Si la prueba no es aportada corresponderá la suspensión del beneficio por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, es decir, la persona no recibirá los dos depósitos restantes y se iniciaría el proceso de recuperación de la suma girada el primer mes.
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