user-icon user-icon
  • Clima
    • Provincia de San José 15ºC 13ºC Min. 22ºC Máx.
    • Rain
    • Próximos 5 días
      • Miércoles
      • 12º / 23º
      • Rain
      • Jueves
      • 11º / 24º
      • Rain
      • Viernes
      • 11º / 23º
      • Rain
      • Sábado
      • 11º / 23º
      • Rain
      • Domingo
      • 11º / 23º
      • Rain
    • Pronóstico en video Emily Quiñones nos da el pronóstico del tiempo en Costa Rica para este martes 25 de marzo de 2025.
    • Emily Quiñones nos da el pronóstico del tiempo en Costa Rica para este martes 25 de marzo de 2025.
      • Video
      • media-content
Nacional

Estos son los tres días feriados de abril 2025

Los tres feriados son de pago obligatorio.

Indira Zúñiga Costa Rica /

Faltan 11 feriados por disfrutar en 2025 y abril trae tres de ellos. Estos días son de pago obligatorio.

Dos de ellos son de la Semana Santa, una de las más esperada por los habitantes cada año. Durante esos días, las familias suelen participar de las actividades religiosas y reflexionar en la fe.

Asimismo, hay quienes aprovechan estos días para descansar de sus obligaciones diarias o incluso viajar dentro o fuera del país.

¿Cuáles son los feriados de abril de 2025?

Abril 2025 tiene tres feriados, todos de pago obligatorio, el primero es el viernes 11, Día de la Batalla de Rivas o también conocido como el Día Juan Santamaría.

Tan solo unos días después serán los otros dos feriados, el 17 y 18 de abril, por el Jueves y Viernes Santo.

La Semana Mayor inicia con el Domingo de Ramos, el 13 de marzo.

Semana Santa 2025:

  • Domingo de Ramos: 13 de abril
  • Lunes Santo: 14 de abril
  • Martes Santo: 15 de abril
  • Miércoles Santo: 16 de abril
  • Jueves Santo: 17 de abril
  • Viernes Santo: 18 de abril
  • Sábado Santo: 19 de abril
  • Domingo de Resurrección: 20 de abril

¿Cuáles feriados quedan en 2025?

Estos son todos los feriados del 2025:

  • Viernes 11 de abril, de pago obligatorio.(Día de Juan Santamaría)
  • Jueves 17 de abril, de pago obligatorio. (Jueves Santo)
  • Viernes 18 de abril, de pago obligatorio. (Viernes Santo)
  • Jueves 1 de mayo, de pago obligatorio. (Día Internacional del Trabajo)
  • Viernes 25 de julio, de pago obligatorio. (Día de la Anexión del Partido de Nicoya)
  • Sábado 2 de agosto, de pago no obligatorio. (Día de la Virgen de los Ángeles)

  • Viernes 15 de agosto, de pago obligatorio. (Día de la Madre)
  • Domingo 31 de agosto, de pago no obligatorio. (Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense)
  • Lunes 15 de septiembre, de pago obligatorio. (Día de la Independencia)
  • Lunes 1° de diciembre, de pago no obligatorio. (Día de la Abolición del ejército)
  • Jueves 25 de diciembre, de pago obligatorio. (Navidad)

¿Qué establece el Código de Trabajo sobre los feriados?

Según la legislación costarricense, se prohíbe a los empleadores convocar (obligar) a sus trabajadores a laborar en días feriados, caso contrario deberán pagar una penalización establecida por ley.

“… Prohibido a los patronos ocupar a sus trabajadores durante los días feriados; y el que lo hiciere sufrirá una multa de ley y deberá indemnizarlos en la forma que determina el párrafo segundo del artículo 152”, establece.

De hecho, el artículo 152 en cuestión indica que la penalización corresponde a pagar al trabajador “… El doble del salario que ordinariamente les pague…” como multa al patrono.

Es decir, en realidad cuando se habla de feriados de pago obligatorio existe, como reseña su nombre, el deber de remunerar al trabajador aunque no trabaje; sin embargo, en caso de requerir la presencia del empleado, deberá atenerse a la penalización previamente citada.

¿Cómo deben pagar los feriados de pago obligatorio?

Sin importar la modalidad de pago, mensual, semanal o quincenal, si el trabajador no labora ese día el patrono debe de cancelar el salario completo de manera regular.

En caso de que la persona trabaje un día feriado de pago obligatorio, se debe de añadir un día laboral para completar el pago doble que establece la ley.

Por otro lado, en el caso de trabajar horas extra en este feriado, se deben pagar a tiempo y medio, es decir pago triple.

Independientemente de si la empresa sea nacional, transnacional o internacional, debe conceder este feriado a todas las personas trabajadoras que laboren en el país.


  • Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
  • t-icon